tipos de cheques

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Tipos de Cheques Cheque cruzado : es un cheque al cual se le trazan dos lineas rectas paralelas y en diagonal en el frente. Al hacer esto el cheque no se puede cobrar en efectivo y solo se puede depositar en una cuenta. Cheque al portador : se denomina "cheque al portador" al cheque que no tiene especificado un beneficiario y puede ser cobrado por cualquiera que lo tenga en su poder. Cheque a la Orden : es un cheque que solo puede cobrar el beneficiario al cual fue hecho el cheque. Se puede endosar. Cheque certificado :el banco certifica que el cheque tiene fondos, reservando los mismos hasta que sea cobrado. Cheque de caja : es un cheque expedido por una institucion de credito para ser pagado en sus propias sucursales. Cheques de viajero : son los cheques expedidos por una institucion bancaria para ser pagados en alguna de sus sucursales dentro del pais o en el exterior. Cheque para acreditar en cuenta: cuando un cheque tiene escrita la leyenda "para acreditar en cuenta", el mismo no podra ser cobrado en efectivo y tendra que ser depositado en la cuenta. Cheque no a la orden : es un cheque que no se puede endosar y debe cobrarlo para quien fue extendido. Cheques de pago diferido : constituyen una orden de pago librada a una fecha futura. Cheque Cancelatorio : constituye un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo.

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CHEQUES

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Tipos de Cheques

Cheque cruzado:es un cheque al cual se le trazan dos lineas rectas paralelas y en diagonal en el frente. Al hacer esto el cheque no se puede cobrar en efectivo y solo se puede depositar en una cuenta.

Cheque al portador:se denomina "cheque al portador" al cheque que no tiene especificado un beneficiario y puede ser cobrado por cualquiera que lo tenga en su poder.

Cheque a la Orden:es un cheque que solo puede cobrar el beneficiario al cual fue hecho el cheque. Se puede endosar.

Cheque certificado:el banco certifica que el cheque tiene fondos, reservando los mismos hasta que sea cobrado.

Cheque de caja:es un cheque expedido por una institucion de credito para ser pagado en sus propias sucursales.

Cheques de viajero:son los cheques expedidos por una institucion bancaria para ser pagados en alguna de sus sucursales dentro del pais o en el exterior.

Cheque para acreditar en cuenta:cuando un cheque tiene escrita la leyenda "para acreditar en cuenta", el mismo no podra ser cobrado en efectivo y tendra que ser depositado en la cuenta.

Cheque no a la orden:es un cheque que no se puede endosar y debe cobrarlo para quien fue extendido.

Cheques de pago diferido:constituyen una orden de pago librada a una fecha futura.

Cheque Cancelatorio:constituye un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo.

Diferentes Tipos de Cheques.

Elcheque es un ttulo de crdito mediante el cual una persona (librador) ordena al banco en el que tiene depositados sus recursos (librado), que pague una cierta cantidad de dinero a aquella persona especfica cuyo nombre aparece como beneficiario en el mismo o dependiendo de la clase de cheque, a quien presente el documento.

Trminos usados normalmente en los cheques

Esqueleto:es el formato de los cheques, por lo general se le llaman as cuando estn vacos.

Librador o girador:la persona que ordena al banco el pago del cheque mediante su firma.

Librado o girado:el bando obligado a realizar el pago del cheque.

Endosar:firmar el cheque al reverso para que otra persona o empresa pueda cobrarlo (ceder los derechos), slo aplica cuando el cheque es negociable.

Los cheques se pueden clasificar en 2 tipos:I. CHEQUES NEGOCIABLES:Son aquellos que pueden endosarse (firmando el beneficiario en la parte posterior del documento) tantas veces como sea necesario (endosos subsecuentes) . El beneficiario puede depositar los fondos del cheque en una cuenta bancaria o bien cobrarlos en efectivo en el banco contra el que se expidi el cheque.II. CHEQUES NO NEGOCIABLES:Son todos aquellos que slo pueden ser cobrados en la ventanilla del banco por el beneficiario o bien depositados en la cuenta bancaria de la persona o empresa que es el beneficiario del cheque. No pueden endosarse.Asimismo existen diferentes formas especiales para la expedicin de los cheques y cada una tiene caractersticas que pueden adecuarse a las necesidades del suscriptor o del beneficiario

CHEQUE AL PORTADOREs aquel que no indica una persona especfica a favor de quien se expide. Este tipo de cheque debe indicar la leyenda al portador en el espacio destinado para sealar el nombre del beneficiario.Caractersticas particulares:El beneficiario del cheque puede entregarlo como pago a otra persona o empresa sin necesidad de endosarlo, ya que la persona que sea el portador del cheque es quien podr cobrarlo.No es necesario presentar una identificacin para realizar su cobro, ni escribir los datos del tenedor del cheque al momento de presentarlo.El cheque al portador podr ser expedido hasta por la cantidad que establece el Banco de Mxico. Al mes de enero de 2002,esta cifra es hasta $ 26,941.55, por lo que si usted quiere expedir un cheque por una cantidad mayor a sta le solicitarn que dicho documento est a nombre de una persona o empresa especfica.Recomendaciones:Al recibir un cheque al portador, depostelo o cbrelo inmediatamente, ya que en caso de extravo o robo, podr ser cobrado por cualquier persona.Recuerde que aunque el cheque le haya sido robado, la institucin bancaria tiene la obligacin de pagarlo a quien lo presente para su cobro, por lo que usted debe notificar inmediatamente el extravo o el robo al banco, adems de seguir el procedimiento que ste le indique para llevar a cabo este tipo de cancelacin.Antes de expedir un cheque al portador verifique con su banco cual es la cantidad mxima por la que este puede ser expedido, ya que al ser disposiciones del Banco de Mxico, estas pueden variar.Respecto a la cancelacin de este tipo de cheques, sta se har efectiva hasta que hayan transcurrido los plazos de presentacin que establece la Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito; misma que seala que ser de 15 das naturales que sigan al de su fecha, si fueran pagaderos en el mismo lugar de su expedicin. Dentro de un mes si fueran expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio nacional; y dentro de 3 meses si son expedidos en el extranjero y pagaderos en territorio nacional o viceversa. Mientras no transcurran estos plazos, no puede ser cancelado el cheque, salvo en caso de robo.CHEQUE NOMINATIVO O A LA ORDENSon aquellos en que se indica un beneficiario que puede cobrarlo es decir se extiende a la orden de esa persona. En su caso, slo este beneficiario puede hacer el primer endoso a favor de otra persona o empresa para ceder sus derechos.Caractersticas particulares:Es indispensable presentar una identificacin oficial en el banco para su cobro.Puede transmitirse mediante el endoso del documento (ceder sus derechos por medio de la firma del beneficiario en la parte posterior del cheque).En caso que se desee que slo lo pueda cobrar el beneficiario indicado en el documento debe agregarse la leyenda "No negociable". A menos que el cheque sea a nombre del propio banco en cuyo caso automticamente no ser negociable.Puede ser expedido por cualquier cantidad.Recomendaciones:Si Usted requiere cobrar un cheque nominativo o a la orden, recuerde que el mismo deber de estar a su nombre adems de que el banco le solicitar que muestre una identificacin oficial que lo acredite como beneficiario (credencial de elector, pasaporte vigente y cartilla del servicio militar).CHEQUES DE CAJAEs aquel expedido por una institucin de crdito para que sea pagado en sus propias sucursales o filiales. El cliente entrega al banco la cantidad de dinero por la que expedir el cheque y ste ser pagado en esa misma institucin o en su caso podr depositarse en una cuenta del beneficiario. Deben ser expedidos a nombre de una persona determinada, no al portador y no son negociables (no pueden cederse sus derechos mediante un endoso).Caractersticas particulares:Deben ser nominativos, es decir, forzosamente deben estar emitidos a favor de una determinada persona fsica o moral.Es posible acudir a cualquier banco para su adquisicin, sin importar que el cliente tenga o no una cuenta bancaria con esa institucin.Estos cheques no se encuentran en una chequera comn y corriente, son expedidos por el banco a peticin del cliente.nicamente el beneficiario sealado en el cheque podr cobrarlo o depositarlo en una cuenta bancaria a su nombre.No es endosable por lo que no puede transmitirse su propiedad y derechos a otra persona.En caso de robo o extravo, no puede ser cobrado por otra persona, por lo que se puede cancelar.Es una forma de pago muy segura ya que este tipo de cheque se expide una vez que el banco se ha cerciorado de que existen fondos suficientes para el pago del mismo, asegurando as que el beneficiario pueda cobrar estas cantidades.El banco cobra comisin por la expedicin de estos cheques y esta cantidad no le ser devuelta en caso de cancelacin.Recomendaciones:Este tipo de cheque le puede ser til cuando se desea garantizar los fondos que un tercero va a recibir por medio de este documento, adems de tener la ventaja de que para obtenerlo Usted no necesita tener una cuenta con la institucin bancaria que lo emite.Antes de solicitar un cheque de caja pregunte sobre la comisin que el banco le cobrar por la expedicin del documento.Para el caso de cancelacin Usted deber presentar el documento en el banco.Si la cancelacin se debe a robo o extravo del documento, Usted deber levantar el acta ante el ministerio pblico y presentarse con una copia de la misma ante el banco para que ste lleve a cabo el procedimiento de cancelacin.CHEQUE CERTIFICADOEn algunas ocasiones el beneficiario de un cheque necesita estar totalmente seguro de que este documento cuenta con los fondos suficientes para ser pagado por el banco, por lo cual solicita al banco certifique la existencia de estos fondos. Esto significa que el banco retira el importe sealado en el cheque de la cuenta de la persona que lo expide, sellndolo y firmndolo como prueba de garanta de que el documento contar con los fondos suficientes cuando el beneficiario lo presente para su cobro en el plazo establecido. Con este tipo de cheques se asegura la existencia de recursos para el pago del documento an cuando posteriormente la cuenta pudiera quedarse sin fondos, ya que el titular de la misma no podr disponer de ese dinero.Caractersticas particulares:El cuenta habiente es el nico que puede solicitar la certificacin.Debe ser nominativo, es decir estar a nombre de una persona o una empresa determinada.No es negociable por lo que no pueden cederse sus derechos mediante endosos y slo puede canjearse por el beneficiario, quien deber cobrarlo o depositarlo en su cuenta.Junto con la leyenda en que se indique que el cheque est certificado, debe contener dos firmas de funcionarios facultados por el banco.Se cobra comisin por su certificacin.Este cheque podr ser cancelado por el cuenta habiente que solicit su certificacin siempre y cuando no haya sido cobrado y se devuelva el documento al banco para realizar la cancelacin.A diferencia del cheque de caja, para ste tipo de cheques es necesario que quien lo emite tenga una cuenta en el banco que lo va a certificar, por lo que puede decirse que nicamente es para clientes de ese banco.Este tipo de documento puede serle muy til cuando usted quiere asegurarse de que el cheque que le van a entregar como pago tendr fondos cuando lo presente para su cobro al banco.Recomendaciones:Pregunte en su banco sobre las comisiones que cobra por la certificacin de cheques y si en caso de cancelacin le harn algn cargo.Si la cancelacin se debe a robo o extravo del documento, usted deber levantar un acta ante el ministerio pblico y presentarse con una copia de la misma ante el banco para que procedan a realizar los trmites de cancelacin.CHEQUE CRUZADOEs un cheque nominativo pero tiene la caracterstica de que la persona que lo expide o quien lo posee, le traza dos rectas paralelas en direccin diagonal. La finalidad de este cruce es que el cheque no pueda ser cobrado en efectivo, sino que slo se pueda abonar su importe en una cuenta de banco mediante depsito.Estos cheques pueden cruzarse de dos formas:a)General: se trazan las lneas paralelas sin determinar el banco donde se har el cobro del cheque.b) Especial:Cuando dentro de las lneas se anota el nombre del banco elegido para depositar el cheque.NOTA: El general puede transformarse en especial; pero ste no puede transformarse en general.Caractersticas particulares:No pueden ser pagados en efectivo.Slo puede ser depositado en la cuenta del ltimo beneficiario que aparece en el cheque ya sea en el campo respectivo o mediante el ltimo endoso.Si entre las lneas se consigna el nombre de una institucin determinada, en este caso, el cheque solo podr ser pagado a la institucin especialmente designada o a la que esta hubiere endosado el cheque para su cobro.Recomendaciones .Debe ser muy cuidadoso al momento de cruzar el cheque, pues si comete algn error, este no podr corregirse ni cancelarse el cruzamiento ya que al hacer correcciones o enmendaduras el cheque sera invalidado y por tanto no ser pagado en el banco.Antes de anotar el banco en el que desea que sea cobrado el cheque, verifique bien el nombre del mismo ya que tampoco podr realizar correcciones en este caso.Si desea que slo pueda ser abonado a la cuenta del beneficiario debe insertar la leyenda "No negociable.CHEQUE DE VIAJEROEs aquel que expide una institucin bancaria, u otras agencias autorizadas (Visa, MasterCard, Amex), para que sea pagado por su establecimiento principal y por sus sucursales o corresponsales que tenga en la Repblica o en el extranjero.Caractersticas particulares:La persona que aparezca como beneficiario puede presentarlo para su pago en cualquiera de las sucursales incluidas en la lista que le proporcionar el banco que los emiti, as como en los comercios alrededor del mundo.Cuando se compran estos cheques, la institucin solicitar al beneficiario que escriba su nombre en cada uno de los documentos y que estampe su firma en el primer espacio; ya que estos documentos se firman dos veces, la primera cuando se adquieren y la segunda cuando se presentan para su cobro o para pagar con ellos en algn establecimiento en su caso.Cuando se presenten para su cobro, se debe exhibir una identificacin oficial que acredite a la persona como el beneficiario sealado en los documentos.La falta de pago inmediato de estos cheques cuando son presentados para su cobro, le da a Usted el derecho a exigir a la institucin que los expidi la devolucin del importe del cheque mas el pago de daos y perjuicios, que nunca podrn ser inferiores al 20% del valor del cheque no pagado.El banco o la agencia tiene la obligacin de reembolsarle el importe de los cheques no utilizados que dese devolver.Este tipo de cheques le permiten viajar tranquilamente sin cargar dinero en efectivo.Son 100% reembolsables en caso de robo o extravo y se emiten internacionalmente por diferentes bancos y agencias en las siguientes divisas:1.- Dlar americano2.- Dlar canadiense3.- Libra esterlina4.- Franco suizo5.- Franco francs6.- Marco alemn7.- Yen japons8.- EuroLos cheques prescriben al ao a partir de la fecha en que son puestos en circulacin.Recomendaciones:Una vez que adquiere estos cheques, recuerde firmarlos inmediatamente, as como poner su nombre en los mismos ya que de lo contrario representan dinero en efectivo que cualquier persona puede cobrar.Si Usted presenta estos cheques para su cobro en territorio nacional deber presentar identificacin oficial (la credencial de elector, pasaporte vigente o la cartilla del servicio militar).SI usted desea presentar estos cheques para su cobro en el extranjero, en la mayora de los casos slo le aceptaran como identificacin oficial su pasaporte vigente.Si Usted no utiliz todos sus cheques de viajero y desea obtener nuevamente el importe en efectivo, es conveniente que tome en cuenta que estos le sern pagados al tipo de cambio de compra que en ese momento tenga la institucin, por lo cual usted probablemente recibir una cantidad menor a la que pago por ellos.CHEQUE PARA ABONO EN CUENTAEs un cheque que tiene escrita la leyenda para abono en cuenta; los datos de la persona o empresa y la cuenta a la que se abonar. Estos registros pueden ser anotados en la parte posterior del cheque.

Caractersticas particularesNo es negociable, con lo cual tendr la seguridad de que este cheque no ser pagado en efectivo por el banco, sino que slo se podr abonar su importe en la cuenta del beneficiario.En caso de robo o extravo no podr cobrarlo persona alguna que no sea el beneficiario en la cuenta y nombre sealados.Recomendaciones:Una vez que la leyenda para abono en cuenta haya sido escrita en el cheque, sta no se puede borrar o alterar, de lo contrario el documento no ser valido para su cobro en el banco, por lo que es recomendable estar completamente seguro antes de realizar esta indicacin.CHEQUE DE VENTANILLAPara la expedicin de este tipo de cheque, es necesario que quien lo solicita tenga una cuenta con recursos depositados en ese banco y que cuente con los fondos suficientes en la misma, para cubrir el monto del documento. La institucin bancaria emite este cheque (aunque el cliente carezca de una chequera personal) que solamente podr ser cobrado por el interesado el mismo da en que lo haya solicitado y dentro de la misma sucursal en donde fue emitido. Generalmente este tipo de cheques son emitidos cuando el cliente requiere con urgencia de disposicin de dinero en efectivo y ha olvidado la chequera o la tarjeta de dbito.Caractersticas particularesTiene que anotar en el cheque su nmero de cuenta.Slo ser pagadero el mismo da y en la sucursal que lo expida, e implican una comisin.Si por alguna causa extrava u olvida su talonario de cheques y necesita retirar una cantidad de dinero, puede solicitar un cheque de ventanilla, el cual es utilizado por el banco para situaciones de emergencia de los cuenta habientes.CAUSAS DE DEVOLUCIN DE UN CHEQUEA.- Fondos insuficientes en el banco.B.- Inexistencia de la cuenta bancaria de la que se emiti el cheque.C.- Falta la firma del librador.D.- La firma del librador es diferente a como est registrada en el banco, es decir, sta se encuentra notoriamente alterada o falsificada.E.- La numeracin del cheque no corresponde a los esqueletos proporcionados al emisor, o bien, dicha numeracin corresponde a la de un talonario que se reporto extraviado.F.- Existe una orden judicial de no pagarlo.G.- Ha sido revocado y ya venci el plazo legal para su presentacin.H.- El librador se encuentra en estado de concurso o suspensin de pagos.I.- No existe continuidad en los endosos.J.- Ha sido indebidamente negociado.K.- No es a cargo de la institucin bancaria en que se presenta (si no es depositado).L.- Es pagadero en otra moneda.M.- Est alterado.N.- Carece de fecha.O.- Ya se ha pagado el original o el duplicado.P.- Esta mutilado o deteriorado.Q.- No rene los requisitos legales sealados con anterioridad, como el no contener la orden incondicional de pago.R.- Se cobra por cantidad distinta de lo que vale.S.- No es compensable.T.- Por causa imputable al banco librado.V.- Otras que se hayan sealado expresamente por el banco en los contratos y Usted acepte.RECOMENDACIONES GENERALESCuando el banco le entregue su chequera, no le d pena verificar ante el funcionario de la institucin bancaria, que se encuentran todos los nmeros de cheques que esta debera contener y si no es as reprteselo de inmediato para que se tomen las medidas correspondientes.Recuerde que de acuerdo con la Ley los cheques son pagados al momento en que se presentan para su cobro independientemente de la fecha que aparece en ellos, por lo tanto el banco los pagar aunque el documento indique una fecha posterior y aunque Usted le haya solicitado al beneficiario que lo cobrara posteriormente.Si le han pagado con un cheque que no tiene fondos, solicite al banco que haga el protesto en el documento. Esto quiere decir una indicacin que el banco hace en el cheque sealando que no se hizo el pago por algunas de las razones en las causas de devolucin de un cheque. Con esta indicacin usted mediante un procedimiento judicial, podr cobrarle a la persona que expidi el cheque la cantidad que ah se estableca mas una indemnizacin que de acuerdo a la Ley no puede ser menor del 20% de esa cantidad.Pregunte en su banco sobre las comisiones que se cobran por la expedicin de cada uno de los tipos de cheques y cual es el trmite a seguir en caso de cancelacin de los mismos.Tenga consigo una identificacin de las que el banco considera como oficiales (credencial de elector, pasaporte vigente, cartilla del servicio militar) ya que de lo contrario no podrn prestarle el servicio.Recuerde que los rasgos de nuestra firma cambian con el tiempo, por lo que es conveniente que la actualice en los archivos del banco cada determinado tiempo, para evitar que le nieguen el pago de algn cheque por que la firma del librador del cheque es diferente a la que el banco tiene registrada en sus archivos.En caso de prdida o robo de un cheque, reprtelo inmediatamente a su banco, quien le indicar el procedimiento a seguir para la cancelacin del mismo.Recuerde que el traer consigo frecuentemente su chequera, incrementa el riesgo de extraviarla o de que alguien sustraiga uno de sus cheques sin que usted se de cuenta, pudiendo realizar su cobro antes de que usted note su desaparicin, con lo cual se hace imposible su cancelacin o el evitar su pago.Si ha cometido algn error en la elaboracin de un cheque es preferible realizar uno nuevo ya que este no ser pagado si presenta alteraciones, deterioros o mutilaciones.Si Usted desea realizar el cobro de un cheque, verifique los plazos que la Ley seala como lmite mximo para este efecto, ya que si excede estos plazos, el librador del cheque ya no esta obligado a mantener fondos suficientes en la cuenta para que el documento sea cobrado, en cuyo caso ser necesario levantar el protesto y seguir un procedimiento judicial para recuperar las cantidades adeudadas.

FACTURA CAMBIARIA1. Concepto.Es un ttulo de crdito que incorpora la obligacin de pagar una suma cierta de dinero dentro de un plazo determinado; a la vez que describe las mercaderas que se han vendido como objeto del contrato que le da nacimiento al ttulo.2. Sujetos.Librador-beneficiario. Es el vendedor de la mercadera o sea quien crea la factura.Librado-aceptante.Es el comprador de la mercadera, y quien por mandato legal est obligado a aceptar la factura que le libre el vendedor.3. Funcin.Si un comerciante vendedor se decide por usar la factura cambiaria, la operatividad del ttulo sera la siguiente:El vendedor libra la factura cambiaria como consecuencia de una compraventa en la que las mercaderas han sido entregadas real o simblicamente.La factura es enviada al comprador, directamente, por intermedio de un banco o tercera persona. El intermediario, segn las instrucciones recibidas, la presentar para que se le acepte y luego la devolver; y podr retenerla si tiene facultades para cobrarla. De acuerdo con lo que ya estudiamos, ello se har mediante un endoso en procuracin. La ley tambin contempla el envo por correo certificado u otros medios no especificados por la ley.El comprador devuelve la factura, debidamente aceptada: dentro de cinco das de su recibo si es para la misma plaza; y dentro de quince, si es diferente. La no devolucin se presume como negativa de la aceptacin.4. Protesto.La factura cambiaria puede ser protestada por falta de aceptacin o por falta de pago. En el caso de no aceptarse, el protesto debe levantarse dentro de los dos das hbiles siguientes a los plazos fijados para la devolucin de la factura.Otra variante del protesto en este artculo que, contrariamente a lo que sucede en otros, el acta la autorizar el Notario en los espacios del mismo instrumento o en hoja adherida cuando fuere insuficiente, adjuntando los documentos que prueben el envo del documento u otros medios que se tengan (aviso de recepcin postal, por ejemplo). Si la factura no se tiene a la mano, se le puede autorizar el protesto por declaracin del vendedor, siempre que se tengan a la vista documentos probatorios que demuestren el envo al comprador. Cuando el acta se autoriza en el documento, no se puede protocolizar.5. Conservacin de las facturas.Las facturas cambiarias por ser constancias de los negocios celebrados, deben ser conservadas en original o en copia por los comerciantes, durante cinco aos.