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36 TERCERA PARTE -ACTIVIDADES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN EL PERIODO 1º DE ENERO DE 2013 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013. REUNIONES DE DIRECTORIO Durante el ejercicio el Directorio realizaron 23 sesiones ordinarias. La primera se llevó a cabo el 4º de febrero de 2013 y la última, el 16 de diciembre de 2013. CONSEJO ASESOR Presidente: Dr. Roberto Durrieu Integrantes: Dr. Manuel Ignacio Adrogué Dr. Juan Ramón Aguirre Lanari Dr. Raúl D. Aguirre Saravia Dr. Eugenio C. J. Aramburu Dr. Eduardo A. Bieule Dr. Martín R. Bourel Dra. Mónica N. Catani Dr. José Octavio Clariá Dr. Enrique V. del Carril Dr. Horacio García Belsunce Dr. Guillermo Walter Klein Dr. Rafael M. La Porta Drago Dr. Osvaldo J. Marzorati Dr. Carlos S. Odriozola Dr. Carlos E. Podestá Dr. Eduardo A. Roca Dr. Alberto Rodríguez Galán Dr. Julio C. Saguier Dra. Alicia J. Stratta COMITÉ CONSULTIVO DE ÉTICA PROFESIONAL Dr. Damián F. Beccar Varela Dr. Jorge Adolfo Mazzinghi Dr. José Domingo Ray COMISIONES INTERNAS DEL COLEGIO A continuación presentamos la nómina de Comisiones Internas.

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TERCERA PARTE -ACTIVIDADES DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EN EL PERIODO 1º DE ENERO DE 2013 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013. REUNIONES DE DIRECTORIO Durante el ejercicio el Directorio realizaron 23 sesiones ordinarias. La primera se llevó a cabo el 4º de febrero de 2013 y la última, el 16 de diciembre de 2013. CONSEJO ASESOR Presidente: Dr. Roberto Durrieu Integrantes: Dr. Manuel Ignacio Adrogué Dr. Juan Ramón Aguirre Lanari Dr. Raúl D. Aguirre Saravia Dr. Eugenio C. J. Aramburu Dr. Eduardo A. Bieule Dr. Martín R. Bourel Dra. Mónica N. Catani Dr. José Octavio Clariá Dr. Enrique V. del Carril Dr. Horacio García Belsunce Dr. Guillermo Walter Klein Dr. Rafael M. La Porta Drago Dr. Osvaldo J. Marzorati Dr. Carlos S. Odriozola Dr. Carlos E. Podestá Dr. Eduardo A. Roca Dr. Alberto Rodríguez Galán Dr. Julio C. Saguier Dra. Alicia J. Stratta COMITÉ CONSULTIVO DE ÉTICA PROFESIONAL Dr. Damián F. Beccar Varela Dr. Jorge Adolfo Mazzinghi Dr. José Domingo Ray COMISIONES INTERNAS DEL COLEGIO A continuación presentamos la nómina de Comisiones Internas.

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COMISIÓN DE ARBITRAJE Presidente: Dr. Guillermo Michelson Irusta Vicepresidente: Dr. Eugenio C. J. Aramburu Secretario: Dr. Sergio A. Villamayor Alemán Vocales: Dr. Enrique C. Barreira Dr. Rafael M. J. La Porta Drago Dr. Enrique P.N. Mallea Dr. Pedro H. Zuanich Integrante: Dr. Hernán J. Ferrari COMISIÓN DE CONSULTORIO JURÍDICO GRATUITO Presidente: Dr. Mariano Palacios Vicepresidente: Dr. Santiago Barilá Vocales: Dr. Ignacio Flores Dr. Carlos O. Grüneisen Integrantes: Dr. Raúl Aguirre Saravia Dr. Pedro Ignacio Alderete Dr. Gabriel M. Astarloa Dra. Teresa Azize Dr. Carlos A. Basmajian Luzzi Dr. Nicolás Belgrano Dr. Máximo José Bomchil Dra. Carolina Canziani Aguilar Dr. Joaquín E. Casparius Dr. Enrique de Estrada Dr. Alejandro Demarie Dr. Joaquín Ibañez Dr. Ignacio Miguens Dra. Mara Orlando Dr. Roberto Agustín Pinola Dra. María Mercedes Premrou Dr. Andrés A. Prieto Fasano Dra. Ester Riesel Dr. Julio César Silva Dr. José Virasoro

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COMISIÓN DE PATROCINIO JURÍDICO GRATUITO Presidente: Dr. Santiago Barilá Secretario: Dr. José Virasoro Vocal: Dr. Gabriel M. Astarloa COMISIÓN DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Presidente: Dra. María Viviana Guadagni Vicepresidente: Dr. Marcelo den Toom Secretario: Dr. Miguel del Pino Vocales: Dra. María José Rodríguez Macías Dr. Agustín Siboldi Dr. Pablo Trevisán COMISIÓN DE DERECHO ADMINISTRATIVO Presidente: Dr. Oscar R. Aguilar Valdez Secretario: Dr. Diego A. Alonso Vocales: Dr. Pedro Aberastury Dr. Ezequiel Cassagne Dr. Nicolás Rosales Matienzo Dr. Guido S. Tawil COMISIÓN DE DERECHO CIVIL Presidente: Dr. Alejandro Borda Integrantes: Dra. Lidia Garrido Cordobera Dr. José María Gastaldi Dr. José Mariano Gastaldi Dr. Eduardo Gregorini Clusellas Dr. Walter Krieger Dr. Jorge Mazzinghi (h) Dr. Carlos Alfredo Quirno Dr. Liliana Noemí Vanni Dr. Roberto A. Vázquez Ferreyra

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COMISIÓN DE DERECHO COMERCIAL Presidente: Dr. Osvaldo J. Marzorati Vicepresidente: Dr. Héctor M. García Cuerva Secretario: Dr. Gonzalo A. Viña Vocales: Dr. Rafael Mariano Manóvil Dr. Guillermo Jorge H. Mizraji Dr. Alfredo Rovira Integrantes: Dr. Lisandro A. Allende Dr. Horacio Beccar Varela Dr. Carlos Bollini Shaw Dr. Máximo Luis Bomchil Dr. Martín Bourel Dra. Alejandra Bouzigues Dra. Carolina Cianfagna Dr. Raúl A. Etcheverry Dr. Juan Esteban Fernández Dra. Rosalina Goñi Moreno Dr. Federico Laprida Dr. Enrique P. N. Mallea Dra. María Celia Marsili Dr. Carlos S. Odriozola Dr. Julio César Otaegui Dr. Gotardo Pedemonte Dr. Marcos T. Peluffo Dr. Carlos A. Quirno Dr. Eduardo A. Roca Dr. Pedro Sadler Dr. Carlos A. San Millán Dr. Ricardo V. Seeber Dr. Víctor Zamenfeld Dr. Javier Zapiola COMISIÓN DE DERECHO CONSTITUCIONAL Presidente: Dr. Alberto Bianchi Vicepresidente: Dr. Alfredo M. Vitolo Secretario: Dr. Gabriel Pérez Junqueira Vocales: Dr. Ignacio de la Riva

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Dr. Jorge de Lucio COMISIÓN DE DERECHO DE LA ALTA TECNOLOGÍA Presidente: Dr. Horacio R. Granero Vicepresidente: Horacio Fernández Delpech Secretario: Dr. Santiago Gini Vocal: Dr. J. Darío Veltani COMISIÓN DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHO DE AUTOR Presidente: Dra. Helena M. Noir Vicepresidente: Dr. Enrique Gatti Secretario: Dr. Gastón Richelet Vocales: Dr. Miguel Armando Dr. Martín Bensadon Dra. Marisa Garsco Integrante: Dr. Santiago R. O’Conor COMISIÓN DE DERECHO DE FAMILIA Presidente: Dr. Eduardo A. Sambrizzi Vicepresidente: Dr. Augusto C. Belluscio Secretario: Dr. Alberto Gowland (h) Vocales: Dra. Celia M. Fernández Ramallo Dr. Alberto Gowland Dr. Jorge A. Mazzinghi Dra. Margarita Rico de Beccar Varela COMISIÓN DE DERECHO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN Presidente: Dr. José M. Méndez Acosta Vocales: Dra. Mercedes Adrogué Dr. Raúl D. Aguirre Saravia

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Dr. Jorge Bazán Dr. Iván Matías Sirito de Zavalía COMISIÓN DE DERECHO DEL CONSUMIDOR Presidente: Dr. Mariano E. de Estrada Vicepresidente: Dr. Leandro Castelli Secretario: Dr. Facundo Viel Temperley Vocales: Dra. Daniela Albarracín Dr. Francisco J. Barbarán Integrantes: Dr. Miguel N. Armando Dr. Luis R. Bullrich Dra. Liliana C. Paniagua Molina Dr. Andrés A. Prieto Fasano COMISIÓN DE DERECHO DEL DEPORTE Presidente: Dr. Fernando R. Schweitzer Vicepresidente: Dr. José María Gastaldi Secretario: Dr. Matías F. Noetinger Vocal: Dr. José Octavio Clariá COMISIÓN DE DERECHO DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL Presidente: Dr. Daniel Orlansky Vicepresidente: Dra. María Cristina Etala Vocales: Dr. Federico M. Basile Dr. Miguel J. Haslop Dr. Pablo Mastromarino Dr. Juan Pablo Rovira COMISIÓN DE DERECHO DEL SEGURO Presidente: Dr. Patricio Petersen Vicepresidente: Dr. Domingo M. López Saavedra Secretario: Dr. Santiago Toribio

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Vocales: Dr. Juan Pablo Chevallier Boutell Dr. Carlos Estebenet Dr. Daniel Bautista Guffanti Dr. Fernando S. Hormaechea Dr. Claudio Juan Horst Speyer Dr. Guillermo Lascano Quintana Dr. Guillermo M. Lipera Dr. Carlos Gustavo Marín Rodríguez Dr. Guillermo Michelson Irusta Dr. Guillermo Moreno Hueyo Dr. Javier Augusto Santiere Dr. Carlos Schwarzberg Dr. Federico A. Vidal Raffo Dr. Federico O. Vidal Raffo Dr. Martín Zapiola Guerrico COMISIÓN DE DERECHO EMPRESARIO Presidente: Dra. Carolina Zang Integrantes: Dr. Jorge De Lucio Dra. Roxana Kahale Dr. Julio Pueyrredón COMISIÓN DE DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL Presidente: Dr. Miguel A. Sarrabayrouse Bargalló Vicepresidente: Dr. Juan M. Rodríguez Estévez Secretario: Dr. Alejandro Becerra (h) Vocales: Dr. Juan María Del Sel Dr. Alejandro Freeland Dr. Jorge Kirszenbaum Dr. Hernán Munilla Lacasa Dr. Facundo Sarrabayrouse Dr. Juan Manuel Sarrabayrouse Dr. H. Guillermo Vidal Albarracín Dr. Guillermo Vidal Albarracín (h) Dr. Juan Pablo Vigliero COMISIÓN DE DERECHO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL

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Presidente: Dr. Luis Enrique Palacio Vicepresidente: Dr. Francisco M. Astolfi Secretaria: Dra. María Gabriela Di Leo Lira Integrantes: Dra. Graciela Fescina Dr. Arturo Emilio Fontana COMISIÓN DE DERECHO TRIBUTARIO Y ADUANERO Presidente: Dr. Alejandro Esteban Messineo Vicepresidente: Dr. Enrique Barreira Secretario: Dr. Guillermo A. Lalanne Vocales: Dr. Horacio D. García Prieto Dr. Guillermo O. Teijeiro COMISIÓN DE DERECHO Y RELACIONES INTERNACIONALES Presidente: Dr. Eduardo L. Gregorini Clusellas Vicepresidenta: Dra. Sylvia Maureen Williams Secretario: Dr. Luis F. Castillo Argañarás Vocales: Dr. Miguel Mario Costa Dra. María Fernanda Fernández Vila Integrantes: Dra. Sandra C. Negro Dra. Nora V. Poblete COMISIÓN DE ENLACE CON LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL DE LA CAPITAL FEDERAL En representación de la Cámara: Dr. Germán Páez Castañeda Dr. Gerardo Vassallo Dra. Julia M. L. Villanueva En representación del Colegio: Dr. Carlos M. Fariña Dra. Rosalía Silvestre

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TRIBUNAL DE ÉTICA Presidente: Dr. Marcelo Urbano Salerno Vocales: Dr. Damián F. Beccar Varela Dr. Alberto C. Cappagli Dra. Mónica N. Catani Dr. Gustavo J. Torassa COMISIÓN DE JÓVENES ABOGADOS Presidente: Dr. José Figuerero Vicepresidente: Dr. Alejandro Martínez de Hoz Secretario: Dr. Gabriel Martin Tesorero: Dr. Francisco García Cuerva Vocales: Dr. Nicolás Belgrano Dr. Santiago Oría Dr. Ignacio Sambrizzi Dra. Giannina Terrile COMISIÓN DE JUSTICIA, ORGANIZACIÓN JUDICIAL Y EJERCICIO DE LA PROFESIÓN Presidente: Dra. Rosalía Silvestre Vicepresidente: Dr. Jorge D. G. Caputo Peña Secretario: Dr. Carlos M. Fariña Integrantes: Dr. Juan José Ávila Dra. Mónica Catani Dr. Nicolás Deane Dr. Enrique V. del Carril Dra. Liliana G. Fariñas Dr. Julián Jorge Kent Dr. Patricio Petersen Dr. Pablo Pirovano Dra. Alicia Stratta COMISIÓN DE LEGISLACIÓN DE ENTIDADES FINANCIERAS Y MERCADOS Presidente: Dr. Carlos G. Gerscovich Secretario: Dr. Tomás M. Araya Vocal:

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Dr. Eugenio C. Gallegos del Santo COMISIÓN DE MEDIACIÓN Presidente: Dra. Ana María Bargiela Vicepresidente: Dr. Carlos Guillermo Renis Secretaria: Dra. Alejandra Knudsen de Palacio Vocales: Dra. María Inés Burs Dr. Mario Alfonso de Ipola Dr. Pedro Sadler Dr. Federico A. Vidal Raffo Dr. Pedro Horacio Zuanich Integrantes: Dra. Alejandra Bianchi Dra. Matilde B. Grispo Dra. Nora V. Poblete COMISIÓN DE SERVICIO DE EVALUACIÓN PROFESIONAL Integrantes: Dr. Damián Beccar Varela Dr. Marcelo Gobbi Dr. Francisco Roggero COMISIÓN DE TRABAJO PROBONO EN CAUSAS DE INTERÉS PÚBLICO Presidente: Dr. Juan Pablo Vigliero Vicepresidente: Dr. Roberto Crouzel Secretario: Dr. Gonzalo Vayo Vocales: Dr. Lisandro Allende Dr. Marcelo Gobbi Dr. José A. Martinez de Hoz (h) Coordinador de Relaciones Institucionales: Dr. Martín Zapiola Guerrico COMISIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES INTERNACIONALES Presidente: Dr. Máximo L. Bomchil Vicepresidente: Dr. Osvaldo Marzorati

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Vocales: Dr. Gonzalo Cáceres Dr. Gustavo Torassa Dr. Angel Daniel Vergara del Carril Dr. Uriel F. O´Farrell Dr. Víctor Hugo Quevedo Dr. Juan Javier Negri Dr. Alfredo O´Farrell Dr. Jorge Pérez Alati Dr. Fernando Noetinger Dr. Emilio Cárdenas Dra. Sylvia M. Williams Dr. Raúl Etcheverry Dr. Alejandro Allende Dr. José María Nelson Dr. Eduardo L. Gregorini Clusellas Integrante: Dr. Santiago R. O’Conor COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA Presidente: Dr. Eduardo S. Favelukes Secretario: Dr. Carlos Sarrabayrouse Bargalló Integrantes: Dr. Ernesto Aldao Dr. Juan José Avila Dr. Adolfo Casabal Elía Dr. Mauricio de Núñez Dr. Hernán Munilla Lacasa Dr. Ricardo Reto Dr. Ramiro Salaber Dr. Carlos Suárez Buyo COMISIÓN DE INFORMACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Integrantes: Dr. Juan E. Curutchet Dra. Valeria D’Atri Dr. Santiago Orgambide Dr. Eduardo A. Roca

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COMISIÓN DE POLÍTICA INSTITUCIONAL Integrantes: Dr. Juan E. Curutchet Dr. Héctor M. Huici Dr. Guillermo M. Lipera Dr. Alberto D. Q. Molinario OFICINAS OFICINA DE LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN Integrantes: Dr. Diego Andrés Alonso Dra. María Inés Corrá OFICINA DE JURISPRUDENCIA Integrantes: Dr. Damián Beccar Varela Dr. Fernando Goldaracena Dr. Guillermo Lipera RED PRO BONO Estudios Jurídicos Registrados Allende & Brea; Baker & Mc Kenzie; Beccar Varela; Brons & Salas; Bruchou, Fernández Madero & Lombardi; Bulló, Tassi, Estebenet, Lipera, Torassa & Asociados; Casal, Romero Victorica & Vigliero; Del Carril, Colombres, Vayo & Zavalía Lagos; Fontán Balestra & Asociados; Llerena y Asociados Abogados; M. & M. Bomchil; Marval, O’Farrell & Mairal; O’Farrell; Pérez Alati, Grondona, Benitez, Arntsen & Martínez de Hoz (h); Raggio & García Mira; Silva Ortiz, Alfonso, Pavic & Louge Abogados; Willa Abogados y Consultores Tributarios; Zang, Bergel y Viñes Abogados; Zapiola Guerrico & Asociados. DECLARACIONES

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16/12/2013 - Declaración Pública: CAMPAGNOLI, UNA SUSPENSIÓN QUE INDIGNA

Suspenden al fiscal Jose Maria Campagnoli. La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, designa a dos fiscales reemplazantes en los cargos que ejerciera. Todo ocurrió en 24 hs. El vértigo en deshacerse del fiscal Campagnoli es inversamente proporcional al esclarecimiento del notorio caso de la ruta del dinero. La República exige jueces y fiscales independientes. La persecución ejercida a Campagnoli, evidencia el deterioro de nuestras instituciones. El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, al tiempo de destacar el desempeño de los representantes de la abogacía y de la Corte Suprema en el jury de enjuiciamiento a Campagnoli, repudia y denuncia el asedio oficial a todos los magistrados independientes. El Directorio

02/12/2013 - Declaración Pública EVITAR EL APAGÓN JURÍDICO

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires advierte que la modificación del Código Civil, unificado al de Comercio, plantea una verdadera sustitución legislativa. Importa el repudio al sistema y a una cultura jurídica edificada tras más de 140 años. Para ello, se omite ponderar que el derecho privado argentino se construyó en base a la trayectoria de un ordenamiento aplicado por la Justicia infinidad de veces. Que erigió en su cuerpo jurisprudencial uno de los puntales del valor de la seguridad y previsibilidad legal de los argentinos, constatada, asimismo, por la valoración de la doctrina nacional. Lejos del inmovilismo, esos Códigos fueron actualizados a través de diversas reformas practicadas a lo largo de la historia del derecho argentino y, así, experimentaron adecuaciones en variados aspectos, algunas de las cuales resultaron introducidas el año último. Ahora, todo ese sistema jurídico está próximo a perder vigencia. La transformación legislativa que se propugna es más profunda aún. Esta acción se ve completada por el impacto que está llamada a tener la sanción del Digesto Jurídico Argentino. La sociedad poco o nada sabe de su contenido. Se ha dicho que reducirá el ordenamiento jurídico nacional a un conjunto de 3.351 leyes. Esos textos ordenados no han sido dados a publicidad. Tampoco fueron examinados por la comunidad nacional, en particular por el ámbito jurídico. Sin embargo se advierte que una de sus notas distintivas sería concentrar las atribuciones de los órganos de aplicación en el Poder Ejecutivo. El horizonte legal nacional suma a estas mutaciones las esquirlas de la pretendida

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“democratización de la Justicia”. Están frescos aún en la memoria los valiosos precedentes jurisprudenciales dictados por diversos tribunales. Entre ellos de la propia Corte Suprema de Justicia declarando la inconstitucionalidad de la ley de reforma del Consejo de la Magistratura, así como de tantas importantes resoluciones judiciales que decretaron medidas cautelares sobre ciertos artículos del referido conjunto de leyes. Sin embargo, por ejemplo, la legislación que crea los tribunales de casación, mantiene la vigencia de algunos artículos. Ello provocó el resentimiento del sistema de fallos plenarios. Tal el caso, de lo ocurrido en la Cámara de la Justicia Nacional del Trabajo: el total de sus fallos plenarios, más de 300, han perdido el carácter de tales. Dicha circunstancia, además del retroceso que provoca, incrementa el impacto negativo sobre el valor que proyecta la certeza jurídica en la sociedad. Los criterios jurisprudenciales amparados bajo el sistema de fallos plenarios carecen de plena operatividad legal. De ahora en más, el justiciable se enfrentará a inéditos y diversos criterios jurisprudenciales, muchos de ellos de resultado antagónico ante situaciones análogas. Este contexto se agrava al advertir que la visión de conjunto se integra con la incidencia de las leyes especiales que el Código modificado impondría como mandato. La más notable y, hasta el momento, la primera en vías de ser sancionada, es la de “irresponsabilidad civil del Estado y los funcionarios públicos”. Dicho régimen consagra en el ordenamiento argentino una discriminación jurídica irritante. De aprobarse, el peso de la ley ya no será igual para todos. Las personas jurídicas y quienes las dirijan, responderán por las normas del Código Civil. El Estado y los funcionarios, no. Tendrán un régimen especial, propio del derecho administrativo, y, además, con acotados plazos de prescripción para el ejercicio de tales acciones. A la responsabilidad por actividad legítima del Estado se le asigna carácter excepcional y, a su vez, en ningún caso procederá indemnizar el llamado lucro cesante. Ello supone sentar un precepto contrario a la garantía constitucional de propiedad que exige que la indemnización sea integral. Asimismo se determina la improcedencia de la aplicación de multas o sanciones contra el Estado y los funcionarios, amparando una total impunidad para el incumplimiento de las sentencias judiciales. Se declara que la relación de causalidad entre la actividad estatal y el daño, debe ser exclusiva. De ese modo dejará sin indemnizar los perjuicios que obedecen a causas tales como hechos de un tercero o de la víctima o el caso fortuito. En cuanto a la actividad irregular de los funcionarios y empleados públicos, se elimina el carácter concurrente de la responsabilidad. No se podrá demandar en forma conjunta al Estado y al funcionario. Es importante señalar que el Proyecto de Ley de Responsabilidad del Estado, no se dicta como legislación uniforme sino que invita a las Provincias a adherirse al sistema. Ello agrega una dosis mayor de incertidumbre. Si las Provincias no adhieren al sistema o se retirasen “a posteriori” del mismo, se produciría una situación de anarquía legislativa y consecuentemente, de gran inseguridad jurídica. De prosperar estas normas, se habrá roto el principio de igualdad ante la ley. Pero además, el individuo resultará significativamente más débil e indefenso frente al

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poder del Estado y los funcionarios de turno. Al ritmo del vértigo y apenas a dos años de las próximas elecciones presidenciales, los legisladores del Frente para la Victoria, una vez más, pretenden imponer su pensamiento al conjunto de la sociedad, ahora, a partir del ordenamiento jurídico que regirá las décadas por venir. En definitiva, ponen en juego la totalidad de la legislación argentina. La envergadura institucional de la cuestión es inaudita. Se trata de una verdadera política de estado que requiere de un amplio consenso político y social. También del debate prudente y responsable. Ninguno de ellos fue puesto en práctica. La República y las personas que conforman la Nación Argentina enfrentan una puesta en escena, cuyas consecuencias imprevisibles, las impone un sistema legal, a todas luces, contradictorio y perjudicial. Es inadmisible. El Directorio

20/11/2013 - Declaración Pública Acerca del proyecto de ley de reforma de los Códigos Civil y Comercial

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires reitera una vez más su preocupación por el modo en que se está llevando a cabo el tratamiento del proyecto de ley de reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación. Tras la evidencia de una metodología de tratamiento de espasmódicos impulsos, se ha impreso ahora un vértigo inusitado que demuestra el sustrato que siempre estuvo presente en las maneras del oficialismo: un simulacro de proceso de debate en la comunidad social y jurídica que dio por resultado miles de ponencias que, lamentablemente, no propiciaron intercambios de ideas ni de criterios, ni fueron consideradas por la Comisión Bicameral creada al efecto, cuanto menos para rechazarlas fundadamente. Pareciera que todo se reduce a imponer la mayoría numérica oficialista en dicha Comisión, haciendo oídos sordos a los pedidos de mayor debate y análisis. Es evidente que la propuesta legislativa que significa un Código que resume toda la legislación privada argentina, ineludiblemente, debe ser fruto del pausado análisis y la ponderación que promueva consensos para la legitimización social de una iniciativa legal de la envergadura y significación que reviste para todos quienes habitamos la Nación Argentina, circunstancia que en este caso no ocurre. Nadie explica además la razón del apuro en aprobar el nuevo Código. Es ineludible que los legisladores asuman de una vez por todas la responsabilidad a su cargo y den al proyecto en cuestión el tiempo necesario para que, en tal caso, fructifique en el dialogo con todos los actores sociales y de la comunidad jurídica argentina, propiciando el estudio y el debate indispensables para evaluar los méritos y consecuencias de la propuesta. El Código Civil y Comercial de la Nación no puede agotar su horizonte en una

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coyuntura política determinada, ni ser el producto de un escenario nacional teñido de opacidad, suspicacias y urgencias. El Directorio

14/11/2013 - Declaración Pública del CACBA y CPACF EL PUEBLO QUIERE SABER

En el ámbito de la Comisión Bicameral del Congreso nacional –cuya vigencia en términos reglamentarios ha concluido y ante la cual se efectuaron fuertes críticas desde los distintos sectores participantes- se está considerando la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial, sobre la base del proyecto original que habría recibido numerosas enmiendas del Poder Ejecutivo, algunas de las cuales solamente se han insinuado por trascendidos periodísticos. Se trata, ni más ni menos, que la reforma del sistema de normas básicas de nuestra Nación. Es el ordenamiento legal que debe otorgar previsibilidad a las relaciones jurídicas referidas a todos los aspectos de la vida de las personas, desde su nacimiento hasta su muerte; su patrimonio, obligaciones y responsabilidades. Pues bien, ésta cuestión es fruto de conciliábulos e intrigas palaciegas a espaldas del pueblo. La población y, en particular, la comunidad jurídica, debe y tiene derecho a saber de que se trata. La sociedad civil quiere conocer y opinar sobre cómo se pretenden regular desde las esferas oficiales sus derechos y obligaciones. Los abogados nucleados en el Colegio Público de Abogados de Capital Federal y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires exhortamos a los legisladores, como representantes del pueblo y de las provincias, a que obren con la transparencia y sensatez que una cuestión tan trascendente requiere. Para ello han sido elegidos. Colegio Público de Abogados de Capital Federal Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires

09/08/2013 - Declaración Pública REPUDIO ANTE LA AGRESIÓN A ABOGADOS EN EJERCICIO DE SU PROFESIÓN

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires repudia los actos de violencia sufridos por los abogados Damián Cassino y Nicolás Novoa, conjuntamente con el empresario Héctor Magnetto, a quien asistían profesionalmente en oportunidad de celebrarse una audiencia de mediación con el periodista de Victor Hugo Morales, previa a un juicio civil por daños y perjuicios. El hecho es grave. Las agresiones e insultos de que fueron objeto dichos profesionales y su cliente constituyen la expresión de conductas violentas que resultan inadmisibles y absolutamente incompatibles con el Estado de Derecho y la vigencia de las instituciones. El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, al tiempo de expresar sus

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expresiones de solidaridad y consternación para con los abogados agredidos en oportunidad del desempeño de la actividad lícita para la cual los faculta el orden jurídico y que representa un derecho humano inalienable de su representado, advierte que, en nuestro país, nadie debe ser objeto de persecuciones o discriminaciones en razón de su actividad, posición o pensamiento. Este lamentable suceso ha irrumpido en la escena pública para evidenciar conductas que exteriorizan un profundo desapego por el orden jurídico y, con ello, de las más elementales garantías constitucionales. Es un deber irrenunciable de las autoridades prevenir esta clase de conductas y castigar los casos en que ellas derivan en delitos. Tanto la democracia, como el Estado de Derecho, para su plena vigencia requieren del respeto por la convivencia pacífica con la convicción de que esta debe constituir la expresión continúa de una conducta civilizada que no debe admitir ni tolerar esta clase de comportamientos. El Directorio

06/05/2013 - Expresiones de apoyo y adhesión A la Relatora Especial de las Naciones Unidas

A la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la Independencia de los Jueces doctora Gabriela Knaul S / D De nuestra mayor consideración: En nombre del Directorio del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos y en el propio, me dirijo a usted con el especial propósito de hacerle presente nuestras expresiones de apoyo y adhesión a los términos de su reciente pronunciamiento referidos a la reforma del Poder Judicial en la República Argentina. A través del oportuno documento elaborado por la relatoría especial a su digno cargo -entre otras puntualizaciones-, solicitó al Gobierno argentino “que reconsidere los proyectos de ley de reforma del Consejo de la Magistratura y de regulación de medidas cautelares en el país” Del mismo modo señaló que “la disposición sobre la elección partidaria de los miembros del Consejo de la Magistratura es contraria al artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a los principios básicos relativos a la independencia de la judicatura”. Asimismo formuló “…un llamado a la Argentina a que establezca procedimientos claros y criterios objetivos para la destitución y sanción de jueces, y que se asegure un recurso efectivo a los jueces para impugnar dichas decisiones, en aras de salvaguardar la independencia judicial”. En nuestro carácter de profesionales del derecho y, sobre todo, como ciudadanos argentinos, nos resulta penoso y altamente preocupante el estado de situación por el que transita el sistema judicial nacional y federal en nuestro país.

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Lamentablemente, en el tiempo que corre, ha sido una práctica usual del Poder Ejecutivo Nacional infringir severas presiones sobre el ejercicio de la magistratura judicial de modo de cercenar su independencia funcional en aquellos casos que resultaron sensibles a los intereses del partido oficial. Nuestro Colegio de Abogados, ha desplegado una intensa actividad señalando públicamente tal práctica de gobierno (para mayor detalle ver: http://www.colabogados.org.ar/posicion/declaraciones.php), sin embargo, hemos debido seleccionar nuestras intervenciones ante lo reiterado de ese modo de concebir y ejercer el poder desde el gobierno nacional. Incluso nuestra institución ha demandado en el año 2006 al Estado Nacional por la reforma anterior a la actual referida al Consejo de la Magistratura de la Nación (ley Nº 26.080), pendiente aún de resolución, que, también, el conjunto de la abogacía ha denunciado como inconstitucional. Los ataques a la independencia de los jueces han sido una constante del gobierno nacional desde su asunción al poder en el año 2003 hasta el presente. No obstante en la actual instancia nuestro país enfrenta una situación crítica de extrema gravedad institucional. Al impulso de una súbita iniciativa del Poder Ejecutivo, el Congreso de la Nación, en el marco de un trámite express y de restringido debate, ha convertido en ley un nuevo régimen de las medidas cautelares en las causas en las que es parte o interviene el Estado nacional. Lo propio ha hecho instaurando una nueva instancia procesal por medio de cámaras de Casación en el ámbito nacional y federal de la justicia civil y comercial; en lo contencioso administrativo y del derecho del trabajo y de la seguridad social que ejerecerá una función correctiva o dilatoria en la resolución de las causas judiciales, según convenga al oficialismo. En los próximos días el Senado convertirá en ley el nuevo régimen del Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento de la Nación. Lo que se pretende no es facilitar el acceso a la Justicia a los justiciables y, menos aún, ofrecerles mas y mejores métodos alternativos de resolución de conflictos. El objetivo central es instaurar un sistema judicial estructurado de modo tal de lograr su vasallaje, politizando a grado extremo el sistema, y haciéndolo con un sentido univoco que lo identifica –además- con el partido gobernante en procura de un régimen que garantice su impunidad y permita el ejercicio del poder en condiciones de mayor arbitrariedad a las que hasta el momento ha conocido la sociedad civil argentina. El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, es una asociación civil sin fines de lucro, de carácter no mandatorio, fundada el 29 de julio de 1913, que nuclea a los abogados de la matricula federal y estudios jurídicos. Entre otros propósitos persigue el de “..propender el mejoramiento del Poder Judicial y velar por su independencia como poder del Estado”, art. 1º, inc A, Estatuto Social, http://www.colabogados.org.ar/institucional/estatuto.php Doctora Knaul: al reiterarle nuestras expresiones de apoyo y adhesión por el acertado pronunciamiento realizado, hago propicia la oportunidad para saludarla a usted atentamente y ofrecerle nuestra cooperación institucional en la gestión que lleva a cabo

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respecto del sistema judicial argentino en todo aquello que estime corresponder. Cordialmente, Máximo J. Fonrouge Presidente

23/04/2013 - Declaración Pública REFORMA JUDICIAL: El país ante una instancia definitoria

Por estos días, el país transita una desenfrenada demostración oficial de cómo utilizar instrumentos de la democracia para degradar las instituciones de la República. Es claro el sentido de vasallaje que se pretende imponer a los magistrados que deban administrar justicia. Los tres principales proyectos en que se sustenta la proclamada reforma, esto es, las modificaciones a la ley que regula el Consejo de la Magistratura de la Nación, las reformas al régimen de las medidas cautelares y la creación de tres Cámaras de Casación, resultan violatorios de principios fundamentales consagrados en la Constitución Nacional, cuales son el de la independencia del poder judicial y el del respeto por los derechos fundamentales reconocidos a todo ciudadano, con particular afectación del derecho de defensa ante los excesos del poder de turno. Consagrar legalmente dicha reforma implicará colocar virtualmente en comisión a los jueces federales y nacionales, y transformar a los derechos y garantías en meros permisos de uso. El plenario de la Cámara de Diputados está próximo a iniciar su tratamiento en el recinto. Exhortamos, pues, a los legisladores a que expresen su voto rechazando estas reformas de corte autoritario, honrando así la Constitución Nacional que juraron respetar. Es indispensable en esta hora aunar esfuerzos para lograr que los diputados nacionales, como representantes del pueblo de la Nación, entiendan que a través de estas cuestionadas iniciativas del Poder Ejecutivo, la vida, el honor y la fortuna de los argentinos pueden quedar al puro arbitrio de cualquier funcionario. Por tal motivo, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires adhiere a la marcha al Congreso convocada para el miércoles 24 de abril e invita a sus socios y a la ciudadanía a participar activamente de la misma, peticionando el rechazo de los proyectos de reforma judicial. El Directorio

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09/04/2013 - Declaración Pública HACIA UNA JUSTICIA ARBITRARIA Y PARCIAL

Prácticamente a cuarenta días de anunciarlo en la apertura de las sesiones del Congreso, la presidente oficializó los proyectos de leyes que apuntan a reformar el Poder Judicial. La iniciativa la origina el mismo gobierno que, precisamente, modificó el Consejo de la Magistratura nacional –cuya inconstitucionalidad es aún demandada en tres causas impulsadas por la abogacía colegiada-. Que también designó, nada menos, que a 400 jueces de los 730 en funciones. Que propuso a la mayoría de los miembros de la Corte Suprema. Que, también, mantiene vacantes en 183 tribunales nacionales y federales. Y que hace pocos meses propició la ley del per saltum que se ubica en las antípodas del sistema de casación que, entre otras iniciativas, propone ahora. El Gobierno Nacional ha percibido que, a pesar de lo hecho desde el año 2003, existe un número significativo de jueces convencidos de su rol como último bastión de nuestra democracia, representativa y republicana. En tal convicción, distintos magistrados han debido resolver judicialmente situaciones sobre la vida, la libertad, el honor, los derechos, la propiedad, las garantías, la seguridad y la dignidad de las personas. A ese respecto han debido verificar la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas o determinar si el proceder del gobierno se ajusta o no a derecho. Como es notorio, diversas resoluciones judiciales no resultaron afines a los intereses oficiales. Ante esta nueva iniciativa en materia de la Justicia, queda en claro que el objetivo del conjunto de las propuestas legales no se inspiran en la preocupación de cómo mejorar la calidad de vida institucional de los justiciables en particular y del pueblo en general; ni tampoco en cómo otorgar mayor eficiencia al funcionamiento de los tribunales nacionales y federales. El nudo central de la reforma propuesta, responde a otra motivación: Su propósito se orienta a obtener el alineamiento de los jueces a la causa oficial, con el claro designio de que se desempeñen con la afinidad esperada en las causas sensibles al interés oficial. Los magistrados que lo hagan, serán catalogados como leales. Aquellos que pretendan ejercer su magisterio con independencia, dignidad y honorabilidad, recibirán el trato y sanciones de quienes no califiquen como tales. Integra esta arquitectura reformista el relanzamiento de la modificación del Código Civil y Comercial, ahora extendido al conjunto de la codificación nacional y a la totalidad de la legislación a través del Digesto Jurídico. De los proyectos con estado actual parlamentario, se advierte que los mismos procuran consolidar un ordenamiento jurídico que diluya la responsabilidad del Estado y los funcionarios públicos, al tiempo de acrecentar el desamparo del ejercicio de los derechos individuales, en particular en lo relativo al derecho de propiedad. Es indispensable que los partidos políticos de la oposición, en especial los que cuentan con representación parlamentaria, actúen con sentido patriótico y rechacen de plano las iniciativas legales impulsadas por el oficialismo, advirtiendo que, bajo el manto de medias verdades y formulaciones sesgadas, sólo apuntan a demoler el control judicial de la administración por ser la última valla capaz de poner límites al modo autoritario con que el partido gobernante concibe el ejercicio del poder público. El Directorio

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04/02/2013 - Declaración Pública CASO AMIA: EL CONVENIO CON IRÁN LESIONA A LAS INSTITUCIONES DE LA REPÚBLICA Y AGREGA INCERTIDUMBRE AL ESCLARECIMIENTO DEL TEMA.

Además de estar reñido con elementales principios del Estado de Derecho, resulta injustificable el reciente anuncio del gobierno nacional sobre la suscripción de un memorando de entendimiento entre nuestro país y la República Islámica de Irán, relacionado con la investigación del cruento atentado perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la sede de la AMIA en Buenos Aires, en el que perdieron la vida 84 personas, por medio del cual se acuerda crear una comisión internacional de juristas, la que luego de analizar la documentación y evidencias proporcionadas por las partes “expresará su visión y emitirá un informe con recomendaciones sobre cómo proceder con el caso en el marco de la ley y regulaciones de ambas partes”, agregando que “ambas partes tendrán en cuenta estas recomendaciones en sus acciones futuras”. El Poder Ejecutivo Nacional ha informado que, para ello, requerirá su aprobación por el Congreso, del acuerdo alcanzado sin advertir la intrínseca improcedencia de los términos del mismo en el plano interno, por cuanto resultaría inconstitucional y, ante todo, ha de constituir una inaceptable interferencia de los poderes Ejecutivo y Legislativo nacional en el desenvolvimiento de una causa, en pleno trámite, ante el juez natural competente del Poder Judicial de la Nación. En el ámbito del derecho internacional público esa decisión implicaría además una inadmisible concesión de soberanía nacional en manos de una comisión internacional, conformada por un representante del propio régimen sospechado de la comisión del hecho investigado, que revisaría lo actuado por la justicia nacional, para luego emitir “recomendaciones” que deberán ser tenidas en cuenta por las partes “en sus acciones futuras”. Al respecto cabe recordar que, luego de años de demoras y obstaculizaciones de todo tipo, el tribunal judicial nacional competente, en el año 2006, resolvió imputar a 8 altos funcionarios iraníes por la organización del atentado terrorista, durante cuyo transcurso el gobierno de ese país en nada colaboró para el esclarecimiento del hecho, sin que se advierta en el memorando en cuestión el compromiso del régimen iraní para colaborar ahora en que los imputados por la justicia argentina se avengan a estar a derecho ante la jurisdicción argentina. Las explicaciones dadas sobre el tema desde el ámbito oficial, respecto de los alcances del acuerdo no han sido claras. La única certeza la constituye el hecho de que, de implementarse el acuerdo suscripto, se provocará una clara interferencia en la investigación llevada a cabo ante la justicia argentina. El atentado de la AMIA afecta a todo el pueblo argentino, por encima de su diversidad de credos y pensamientos. No fue un episodio histórico que sólo debamos recordar.

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Su esclarecimiento es una prioridad. Su solución es ante todo un desafío pendiente de nuestra sociedad que reclama por la necesidad de profundizar el debate acerca de cuestiones tales como, los niveles de seguridad interna; el posicionamiento del país en el concierto de las naciones, la seriedad de sus instituciones, la probidad de sus funcionarios públicos y, ante todo, el respeto hacia nosotros mismos, en este caso, agravado por la agresión inusitada a una población civil inerme y cuya investigación persiste sin ser aclarada. El Directorio

CONSULTORIO JURIDICO GRATUITO Durante el último ejercicio, la Comisión de Consultorio Jurídico Gratuito ha continuado aportando su inestimable colaboración a través de la atención gratuita brindada a personas de menores recursos. Se han atendido aproximadamente quinientas consultas sobre problemas de familia; expensas; locaciones; ejecuciones hipotecarias y temas laborales, principalmente. Desde diciembre de 2007, comenzó a funcionar el Consultorio Jurídico on-line a través de la página web del Colegio, durante el presente ejercicio se atendieron más de doscientas consultas. El consultorio funciona gracias a la colaboración voluntaria de los siguientes profesionales: Mariano Palacios; Santiago Barilá; Ignacio Flores; Carlos O. Grüneisen; Pedro Ignacio Alderete; Gabriel M. Astarloa; Teresa Azize; Carlos A. Basmajian Luzzi; Nicolás Belgrano; Máximo José Bomchil; Enrique de Estrada; Ignacio Miguens; Roberto Agustín Pinola; Andrés Prieto Fasano; Ester Riesel; Julio César Silva; José Virasoro. El Colegio agradece profundamente la labor de todos ellos, así como también a la especial colaboración brindada durante el año por el Estudio M & M Bomchil. PUBLICACIONES DEL COLEGIO La Revista del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires Director: Dr. José A. Martínez de Hoz (h)

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Respecto de esta publicación, se destaca que a la tradicional edición en formato bibliográfico, con marcado suceso, se ha agregado la distribución electrónica de la misma a través de la editorial albremática El Dial.com. y su publicación permanente en la página web del Colegio. La Hoja La Hoja es una publicación editada digitalmente. La misma es recibida en forma periódica por los socios del Colegio. Se edita en formato digital desde el 2005, facilitando así la proyección y disposición de sus contenidos -entre otros- a la profesión en general, así como también en el ámbito académico. Su distribución, también se lleva a cabo electrónicamente, por la Editorial Albremática El Dial.com y su publicación permanente en la página web del Colegio.