auto admisorio de la demanda de habeas data de liber contra el mem

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Resolución emitida por el 5° Juzgado Constitucional de Lima, por la cual el Juez Hugo Velásquez admite a trámite la demanda de Liber para acceder a los correos electrónicos vinculados a temas de interés público de la cuenta institucional del ministro de energía y minas, Eleodoro Mayorga.

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

QUINTO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CONSTITUCIONAL

EXPEDIENTE

: 36677-2014-0-1801-JR-CI-05

MATERIA

: HABEAS DATA

ESPECIALISTA: VIVANCO ESPINOZA MARIA GLADIS

DEMANDADO : SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS MARIO HUAPAYA NAVA

DEMANDANTE: GAMARRA GALINDO, MARCO. RESOLUCIN: 1Lima, 20 de noviembre de 2014.Dado cuenta en la fecha teniendo en consideracin la elevada carga procesal que soporta el Juzgado, con escrito de fecha 06 de octubre del 2014;

AUTOS Y VISTOS:

Asunto:

Calificacin de demanda interpuesta por Marco Gamarra Galindo.

Fundamentos de la decisin

PRIMERO.- Fluye del texto de la demanda, que el actor pretende que la parte demandada le entregue copia simple i) De los correos electrnicos recibidos por el Ministro Eleodoro Mayorca Alba, a su cuenta de correo oficial o cualquier otra que haya sido creada por el Ministerio, con sus respectivas respuestas en los cuales el titular del pliego se haya comunicado con cualquier persona para tratar cualquier asunto relacionado con el Nuevo Reglamento Nacional de Hidrocarburos o sus similares.

SEGUNDO: Que, conforme a lo sealado en el Art. 61 del Cdigo Procesal Constitucional El hbeas data procede: en defensa de los derechos constitucionales reconocidos por los incisos 5) y 6) del artculo 2 de la Constitucin. En consecuencia, toda persona puede acudir a dicho proceso para:

1) Acceder a informacin que obre en poder de cualquier entidad pblica, ya se trate de la que generen, produzcan, procesen o posean, incluida la que obra en expedientes terminados o en trmite, estudios, dictmenes, opiniones, datos estadsticos, informes tcnicos y cualquier otro documento que la administracin pblica tenga en su poder, cualquiera que sea la forma de expresin, ya sea grfica, sonora, visual, electromagntica o que obre en cualquier otro tipo de soporte material.

2) Conocer, actualizar, incluir y suprimir o rectificar la informacin o datos referidos a su persona que se encuentren almacenados o registrados en forma manual, mecnica o informtica, en archivos, bancos de datos o registros de entidades pblicas o de instituciones privadas que brinden servicio o acceso a terceros. Asimismo, a hacer suprimir o impedir que se suministren datos o informaciones de carcter sensible o privado que afecten derechos constitucionales.

TERCERO: Que la presente demanda no se encuentra incursa en ninguna de las causales de improcedencia regulada en el artculo 5 del citado cdigo. CUARTO: La demanda rene los requisitos previstos en el Art. 42 61 y 62 del Cdigo Procesal Constitucional y corresponde darle trmite establecido en el artculo 53 de la Ley 28237. QUINTO: De otro lado, se advierte que se peticiona informe sobre el correo electrnico oficial del Seor Eleodoro Mayorga Alva, por lo que tiene intereses jurdico relevante en el trmite, por lo que el Juzgado debe ponerle en conocimiento del inicio del proceso a fin de ejerza su derecho a la defensa si lo considera pertinente. Debe notificrsele con copia de la demanda y anexos a su domicilio laboral y real. Por tales razones: 1.- SE ADMITE a trmite la presente demanda de HABEAS DATA, interpuesta por Marco Gamarra Galindo contra el Seor Mario Huapaya; en su calidad de Secretario General del Ministerio de Energa y Minas, por ofrecidos los medios probatorios respectivos y presente su domicilio real y procesal de la demandante, debiendo notificrsele a este ltimo las resoluciones que se emitan al interior del proceso. 2.- CONCEDASE el plazo de CINCO DAS a la parte demandada para que haga valer su derecho en el trmino de Ley; Con conocimiento del Procurador Pblico del Ministerio de Energa y Minas.3. Adicionalmente, pngase en conocimiento del seor Eleodoro Mayorca Alba del inicio del presente proceso a fin de que ejerza su derecho de defensa si lo considera pertinente. Notifquesele copia de la demanda y anexos tanto a su domicilio real como laboral.

4.- Al Otros Digo: Tngase por delegadas las facultades de representacin a favor de los letrados que autorizan el presente escrito.

5.- Notifquese

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